La reforma al Poder Judicial está por suscitar un debate de supremacía de poderes

La discusión sobre la reforma al Poder Judicial está por abrir un debate interesantísimo sobre el control de constitucionalidad de una norma, la autoridad competente para decidirlo y la ruta jurisdiccional para contravenir, una vez que se haya aprobado dicha reforma en el Congreso de la Unión, su eventual publicación en el Periódico Oficial de la Nación y con ello su entrada en vigor.

El debate de la supremacía de poderes es tan antiguo como las repúblicas que se constituyeron en el siglo XVIII, ya que distinguieron que el poder es único, pero se divide para su ejercicio en tres funciones: la ejecutiva, la legislativa y la judicial; funciones que deben tener independencia y autonomía; sin embargo, una disputa que se ha corregido de diferentes maneras cuando hay conflicto entre poderes es: ¿cuál es la instancia competente para tomar una decisión final?

Hans Kelsen en su Teoría Pura del Derecho detalla un sistema jurídico escalonado con rangos de jerarquía en el modelo de pirámide normativa del derecho, en la cual la Constitución es la Ley Suprema hacia el interior de un Estado Nación. Sin embargo, con el avance y la nueva realidad global el derecho de gentes, o derecho internacional, ha dispuesto una jurisdicción supranacional para resolver conflictos internos o entre naciones, estas son la Corte Internacional de Justicia y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. ¿Es un órgano internacional lo suficientemente objetivo para resolver sobre una disputa jurídica con un trasfondo estrictamente político de México?

Otra visión desde la teoría del Derecho del Estado es la de Carl Schmidt que parte de reconocer que el Poder Judicial no está exento de presiones políticas y que es en el fondo un aparato político que decide sobre conflictos de interés jurídico. Contradiciendo a Kelsen, Schmidt afirma que someter un control constitucional de n+1, es una fórmula inacabable en la que es indeterminado decidir qué autoridad es la superior (n+1+n+1+n+1…); por ello Schmidt propone más allá de un Tribunal Constitucional, un cuarto poder con facultades específicas para controlar las rencillas entre los demás poderes, un Supremo Control Político, y de esa manera evitar injerencias internacionales que pueden ser vulneradoras de la soberanía del Estado.

La teoría del derecho, sin duda, tiene nuevos exponentes en la materia que han planteado diversas rutas para este conflicto de supremacía de poderes, sin embargo, volver a la discusión original Kelsen vs. Schmidt es bastante ilustrador para lo que viene para México, pues las reacciones a la Reforma al Poder Judicial irán más allá de manifestar su inconformidad en foros, medios de comunicación y redes sociales.Este lunes iniciaron un paro de labores trabajadores del Poder Judicial en México, pero eventualmente llegarán a contravenir la reforma ante instancias internacionales, que puede ser considerado según el bando, un acto de vulneración a nuestra soberanía o de injerencia internacional.

@ACarvajal06